TERMINACIÓN LABORAL CON JUSTA CAUSA A PERSONA QUE CUENTA CON ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA.
Para Realizar una terminación laboral con justa causa a una persona la cual cuenta con “La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquier otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días.” Tal como se plantea en el artículo 67 del del C.S.T numeral 15, la anterior sería una justa causa para dar terminación de contrato laboral por parte del empleador. Sin embargo de acuerdo a la evolución normativa en el país y la protección laboral a los empleados se han venido presentando diferentes normas y sentencias las cuales impiden al empleador realizar la terminación de contrato a una persona que se encuentra en vulnerabilidad o “Debilidad Manifiesta”. Para el empleador iniciar el proceso de terminación de contrato debe tener en cuenta la siguiente normatividad antes de iniciar con este proceso con el fin de evitar demandas laborales las cuales conllev...